-Plazo para interponer los reclamos (2)
El cliente podrá interponer un reclamo dentro del plazo de 6 meses contados desde la ocurrencia de los hechos que lo motivan.
-Si el reclamo es presentado ante la Superintendencia sin que exista constancia de su interposición previa ante el Casino, éste le será derivado a través del SAYN o la plataforma tecnológica que lo reemplace. (3.2.1)
–El plazo máximo para dar respuesta a los reclamos por parte del casino será de 10 días hábiles, contado desde el día hábil siguiente a la recepción del reclamo. (3.5.1)
-Notificación y plazos (3.7)
Las notificaciones a las personas reclamantes deberán efectuarse al medio de notificación indicado en el literal c) del formulario de reclamo (Domicilio y correo electrónico)
Las notificaciones efectuadas por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
Las notificaciones por correo electrónico se considerarán practicadas el día siguiente hábil en que haya sido despachado el correo electrónico respectivo.
-En caso de disconformidad con lo resuelto por el casino, la persona reclamante podrá requerir a la Superintendencia la revisión de lo informado en la carta de respuesta. (4.1)
Además es importante informar que “Los casinos de juego están obligados a mantener las grabaciones captadas por el Sistema de CCTV por un periodo de 21 días de corrido. No obstante, si se genera un expediente de reclamo, las grabaciones permanecerán archivadas durante el plazo de tres años”.